CIENFUEGOS S.A. c/ PEN LEY 25.561 DTO. 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16.986
La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Bankboston N.A. y revocó la sentencia apelada en la causa Cienfuegos S.A. c/ PEN ley 25.561 dto. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986. Desestimó, en cambio, el recurso extraordinario del Estado Nacional por carecer de fundamentación autónoma.
¿Quién es el actor?
Cienfuegos S.A.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (PEN) y Bankboston N.A. (parte recurrente en el extraordinario admitido).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo promovido en el marco de la ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02 (pesificación y reestructuración de obligaciones).
¿Qué se resolvió?
se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario de fs. 280/295, se revocó la sentencia apelada y se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido. Las costas se impusieron por su orden. Se desestimó el recurso extraordinario del Estado Nacional de fs. 258/274.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en relación al recurso extraordinario deducido por el Bankboston National Association, obrante a fs. 280/295, las cuestiones planteadas han sido debidamente examinadas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal y a los que corresponde remitirse para evitar reiteraciones innecesarias."
"Que el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional a fs. 258/274 no cumple con el requisito de fundamentación autónoma, exigible según el art. 15 de la ley 48."
Costas por su orden en razón de lo novedoso y complejo de la cuestión debatida.
No se registran votos en disidencia en el texto disponible.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16.986Amparo
- Ley 48art. 15 · Justicia nacional
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