JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CORDOBA JUAN CARLOS s/CAUSA N° 9816

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de Juan Carlos Córdoba, dejó sin efecto la resolución que la había desestimado por error en el cómputo del plazo y declaró procedente el recurso extraordinario. Revocó la sentencia en cuanto a la inconstitucionalidad del artículo 121, inciso c, de la ley 24.660, remitiendo a los fundamentos del precedente Méndez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 701. XLVI. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Error material Plazo Ejecucion penal Ley 24.660 Articulo 121 inciso c Inconstitucionalidad Remision a precedente Mendez

Actor (recurrente): Juan Carlos Córdoba, representado por la Dra. Laura B. Pollastri (Defensora Pública Oficial ante la Cámara Federal de Casación Penal).

Demandado (parte recurrida): DESCONOCIDO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja y recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV, que había rechazado los agravios sobre la constitucionalidad del artículo 121, inciso c, de la ley 24.660 (Ley de Ejecución Penal).

¿Qué se resolvió?

Se dejó sin efecto la resolución de fs. 43 por error material en el cómputo del plazo para interponer la queja, se la consideró promovida en término, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada en cuanto fue materia del agravio examinado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que como surge de las constancias de autos (fs. 38 vta; fs. 37 vta. de los autos principales - recurso extraordinario) se ha incurrido en un error material en el cómputo del plazo para la interposición de la queja, por lo que corresponde dejar sin efecto la resolución de fs. 43 y considerar promovida esta presentación directa en tiempo hábil (arts. 124 y 282 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; acordada 4/2010)."

"Que los agravios planteados con respecto a la inconstitucionalidad del art. 121, inc. c, de la ley 24.660 promueven el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas y decididas en la causa 'Méndez, Daniel Roberto s/ recurso de casación' (Fallos: 334:1216), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.660art. 121 inc. c · Pena privativa de la libertad
  • Acordada 4
  • CPCCNarts. 124, 282 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.