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Corte Suprema

VICENTINI ROGELIO ARMANDO c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO

Rogelio Armando Vicentini promovió amparo contra el Estado Nacional por el reclamo vinculado a su situación previsional. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Longobardi y ordenando dictar una nueva decisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 424. XLVI. REX
Amparo Previsional Recurso extraordinario Estado nacional Doctrina longobardi Revocacion Costas en el orden causado Corte suprema Procuradora fiscal Nueva sentencia.

¿Quién es el actor?

Rogelio Armando Vicentini.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido por el actor contra el Estado Nacional.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema, de conformidad con el dictamen de la Procuradora Fiscal, declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional y por el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. (como fiduciario del Fideicomiso Car Security II), revocó el fallo apelado, impuso las costas en el orden causado y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte nueva sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta Corte comparte y hace suyos los argumentos expuestos en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal a cuyas conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad. Por lo tanto, tal como se señala en el mencionado dictamen, resulta aplicable al caso la doctrina establecida por el Tribunal en el precedente 'Longobardi' (Fallos: 330:5345), a cuyos fundamentos corresponde asimismo remitirse." El juez Petracchi se remite a su voto en dicho precedente. La decisión se fundó en la aplicación de la doctrina de "Longobardi" y en la forma en que se resuelve la cuestión, por lo que las costas se distribuyen en el orden causado.

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