LILLO CARLOS MARTIN s/CAUSA N° 10593
El recurso extraordinario deducido por la defensa de Carlos Martín Lillo cuestionó la constitucionalidad del artículo 121, inciso c, de la ley 24.660 de ejecución penal. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal en cuanto fue materia del agravio, remitiendo a los fundamentos de la causa Méndez (Fallos: 334:1216).
Actor/Recurrente: Carlos Martín Lillo, representado por el Defensor Público Oficial Dr. Juan Carlos Sambuceti (h.).
Demandado/Recurrido: Estado nacional (sentencia impugnada de la Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestionamiento de la constitucionalidad del artículo 121, inciso c, de la ley 24.660.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada en cuanto fue materia del agravio examinado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios planteados con respecto a la inconstitucionalidad del art. 121, inc. c, de la ley 24.660 promueven el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas y decididas en la causa 'Méndez, Daniel Roberto' (Fallos: 334:1216), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.660art. 121 · Pena privativa de la libertad
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Méndez, Daniel RobertoCSJN · Fallos 334:1216
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