JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BERRETTA JUAN JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Los beneficiarios de jubilaciones y pensiones reclamaron el reajuste de sus haberes por movilidad frente a la ANSES. La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios de la demandada y revocó las sentencias apeladas, aplicando el criterio de movilidad fijado en los precedentes Badaro y Cirillo, y declaró inadmisibles los demás agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 689. XLVIII. REX
Movilidad jubilatoria Haberes previsionales Anses Recurso extraordinario Precedente badaro Precedente cirillo Reajuste previsional Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Seguridad social

¿Quién es el actor?

Beneficiarios previsionales (Berretta, Idiarte y Vera), según la carátula acumulada.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

se declararon parcialmente procedentes los recursos extraordinarios de la ANSES y se revocaron las sentencias apeladas con el alcance que surge del precedente "Cirillo"; los restantes agravios fueron declarados inadmisibles.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la demandada relacionados con la extensión del criterio de movilidad del precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) a períodos posteriores han sido resueltos por el Tribunal en el antecedente 'Cirillo' (Fallos 332:1304), a cuyas consideraciones corresponde remitir, por razón de brevedad."

"Que los restantes agravios de la ANSES son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Por ello, el Tribunal resolvió "declarar parcialmente procedentes los recursos extraordinarios de la demandada y revocar las sentencias apeladas con el alcance que surge del antecedente 'Cirillo'".

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