NOLI ROBERTO RUBEN Y OTROS c/ BCRA RESOL 180/07 (EXP 106582/88 SUM FIN 831) s/
El señor Nils Guillermo Isakson recurrió la multa impuesta por el Banco Central por infracciones al régimen financiero ocurridas entre 1987 y 1989, sancionadas recién en 2007. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, aplicando el criterio fijado en el precedente Losicer, por haber transcurrido un plazo excesivo entre los hechos y la sanción.
Actor/recurrente: Nils Guillermo Isakson, quien actuó como gerente general y luego director de Tuyú Compañía Financiera SA (posteriormente Multifinanzas SA).
¿A quién se demanda?
Banco Central de la República Argentina (Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la resolución 180 del 8 de agosto de 2007, que impuso una multa conforme al inc. 3 del art. 41 de la ley 21.526 por supuestas infracciones al régimen financiero.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, con costas. La solución se fundó en el precedente "Losicer" (CSJN, 26/06/2012, L.216.XLV).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se comprueba que transcurrieron veinte años desde los hechos que el Banco Central consideró como infracciones a las normas que regulan la actuación de las entidades financieras, hasta el dictado de la resolución sancionatoria que fue apelada ante el tribunal a qua. En efecto, del cotejo de las presentes actuaciones surge que los hechos considerados infracciones a las normas que regulan la actividad financiera ocurrieron entre los años 1987 y 1989, en tanto que la apertura del sumario se dispuso por resolución 101 del 15 de febrero de 1994 (conf. fs. 757/758) y la sanción fue impuesta el 8 de agosto de 2007 (conf. resolución 180 obrante a fs. 1296/1323)."
"En tales condiciones, resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por esta Corte al pronunciarse en la causa L.216.XLV. 'Losicer, Jorge Alberto y otros c/ BCRA - resol. 169/05 (expte. 105.666/06 SUM FIN 708)', sentencia del 26 de junio de 2012, a cuyos fundamentos y conclusiones se remite en razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 21.526art. 41 inc. 3 · Entidades financieras
Fallos que cita
- Losicer, Jorge Alberto y otros c/ BCRA - resol. 169/05CSJN · 26/06/2012
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