JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Lichytex SA c/ EN - Mº Economia - resol 586/08 (expte S01:8154/11) s/amparo ley 16986

La Corte Suprema declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional y la Dirección General de Aduanas en el marco de una demanda de amparo por la Resolución 586/... de la Ministerio de Economía. Revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda de Lichytex SA, aplicando el criterio sentado en la causa Brujo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 661. XLVIII. REX
Amparo Ley 16.986 Recurso extraordinario Aduana Direccion general de aduanas Resolucion ministerial Rechazo de demanda Remision a precedente Brujo srl Afip.

¿Quién es el actor?

Lichytex SA.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Economía) y Dirección General de Aduanas (AFIP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo (Ley 16.986) contra la Resolución 586/... del Ministerio de Economía.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios, revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala II) y rechazó la demanda, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable en las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal en la causa E.45.XLI. 'Brujo SRL c/ E.N. - M° Economía - AFIP - DGA - r/ resol. 485/05 s/ Dirección General de Aduanas', sentencia del 4 de septiembre de 2012, a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad." El texto transcripto es muy fragmentario, por lo que los fundamentos completos no pueden reconstruirse con precisión a partir del documento provisto.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Brujo SRL c/ E.N. - M° Economía - AFIP - DGA s/ r/ resol. 485/05CSJN · 04/09/2012

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.