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Corte Suprema

Martínez Astudillo, Silvia Yolanda c/ UTE Futuro y otros (Linea 277) Y OTRO s/daños y perjuicios

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra la UTE Futuro y otros, y la aseguradora de transporte público de pasajeros fue citada en garantía. La Corte Suprema declaró procedente la queja, revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia contractual del seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites del contrato.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 765. XLVIII. RHE
Seguro de responsabilidad civil Citacion en garantia Franquicia contractual Oponibilidad al tercero damnificado Limites de la contratacion Transporte publico de pasajeros Accidente de transito Recurso de queja Recurso extraordinario Danos y perjuicios.

¿Quién es el actor?

Silvia Yolanda Martínez Astudillo.

¿A quién se demanda?

UTE Futuro y otros; Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (Línea 277).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó la decisión apelada. Admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Costas por el orden causado en su imposición (se dispone "con costas").

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razones de brevedad, a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), y a las causas "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones da por reproducidas, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. La jueza Argibay se remite a su disidencia en "Villarreal" (Fallos: 331:379).

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • NietoCSJN · Fallos 329:3054
  • VillarrealCSJN · Fallos 331:379
  • CuelloCSJN · Fallos 330:3483
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008

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