SECIN S.A. c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA Y OTRO s/RECURSO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por la AFIP-DGI y declaró procedente el recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Dejó sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina de Fiat Concord S.A..
¿Quién es el actor?
Secin S.A.
¿A quién se demanda?
Dirección General Impositiva (AFIP-DGI)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho deducido por la AFIP-DGI contra la sentencia de la Cámara que había rechazado su recurso extraordinario, en el marco del proceso iniciado por Secin S.A. contra la DGI.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, debiendo el tribunal a quo dictar nuevo pronunciamiento conforme al precedente "Fiat Concord S.A.".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que resulta aplicable en los presentes autos el criterio establecido por esta Corte al decidir la causa 'Fiat Concord S.A. (TF 16.778-I) c/ DGI' (Fallos: 335:131), a cuyos fundamentos cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad."
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Fallos que cita
- Fiat Concord S.A. (TF 16.778-I) c/ DGICSJN · Fallos 335:131
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