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Corte Suprema

Nidera SA c/ EN - AFIP DGI - resols 105 304 y 309/02 s/dirección general impositiva

Nidera S.A. interpuso recurso extraordinario contra las resoluciones de la AFIP-DGI en un reclamo tributario. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso, pero por mayoría confirmó la sentencia apelada, aplicando el criterio fijado en el precedente Cargill S.A..

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 14. XLVIII. REX
Recurso extraordinario Admisibilidad formal Ley 48 art. 14 inc. 3? Resoluciones generales afip-dgi Materia tributaria Precedente cargill Remision a precedente Confirmacion de sentencia Fallos 335:1036 Nidera s.a.

Actor (recurrente): Nidera S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - AFIP - DGI.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación de las resoluciones generales AFIP-DGI 105, 304 y 309/02.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario, por hallarse controvertida la inteligencia de normas federales y ser la sentencia definitiva adversa al derecho invocado (art. 14, inc. 3°, ley 48). En cuanto al fondo, aplicó el criterio de "Cargill S.A. c/ EN - AFIP - DGI (GC) - resols. 9, 10 y 13/04" (Fallos: 335:1036), por mayoría confirmó la sentencia apelada, con costas. Los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni se remitieron a su disidencia en ese precedente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"resulta aplicable al caso en examen el criterio establecido por esta Corte al decidir la causa 'Cargill S.A. c/ E.N. - AFIP DGI (GC) - resols. 9, 10 y 13/04 c/ Dirección General Impositiva' (Fallos: 335:1036), a cuyos fundamentos corresponde remitirse en lo pertinente, por razones de brevedad." Los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni "se remiten a la disidencia que suscribieron en el citado precedente".

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 inc. 3° · Justicia nacional
  • Resolución 105/02
  • Resolución 304/02
  • Resolución 309/02

Fallos que cita

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