JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ALZOGARAY ERNESTO AGUSTIN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió reajuste de haberes jubilatorios por movilidad y cuestionó la pauta de actualización prevista en el art. 24 de la ley 24.241. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso del actor, hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 y dispuso que la movilidad se practique conforme al índice fijado en el fallo Badaro, salvo que los aumentos dispuestos por decretos resultaran en una prestación superior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 309. XLIV. REX
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 24.241 Art. 24 Inconstitucionalidad Caso badaro Caso d'este Anses Haber inicial Decretos del poder ejecutivo

¿Quién es el actor?

Ernesto Agustín Alzogaray.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes jubilatorios (redeterminación del haber inicial y movilidad posterior).

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario del actor, desestimó el de la demandada (que fue declarado inadmisible), hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 y dispuso que la movilidad por el período indicado en "Badaro" se practique según el índice allí fijado, salvo que los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo durante igual período arrojen una prestación superior, caso en el cual deberá estarse a ese resultado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios del titular atinentes al reajuste de haberes solicitado para el período comprendido entre enero de 2002 y fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en la causa 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."

"Que, en cambio, no pueden prosperar los cuestionamientos del jubilado vinculados con una pauta de movilidad para el lapso comprendido entre marzo de 1995 y enero de 2002, pues han sido examinados por esta Corte en contra de sus pretensiones en la causa 'D'Este' (Fallos: 331:2094), por lo que deberá estarse a lo allí resuelto."

"Que el recurso extraordinario deducido por la ANSeS es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

En cuanto a la inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241, el Tribunal remite a los fundamentos de la causa "Barrios" (B.1371.XLIII, sentencia del 21 de agosto de 2013).

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 24 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Constitución Nacional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • D'EsteCSJN · Fallos 331:2094
  • Barrios, Idilio Anelio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 21/08/2013

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.