PAGGI SILVANA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/EJECUCION PREVISIONAL
La Corte Suprema declaró admisible la queja y procedente el recurso extraordinario deducido por la actora en un reclamo previsional contra la Administración Nacional de la Seguridad Social por ejecución previsional. Revocó las sentencias de primera y segunda instancia con los alcances indicados en los precedentes Toledano y Fongaro.
¿Quién es el actor?
Silvana Paggi (parte recurrente).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo en materia previsional, en el marco de una ejecución previsional.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y revocó las sentencias de primera y segunda instancia, con los alcances indicados en los precedentes citados. Costas en todas las instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en el precedente T.179.XLV 'Toledano, Beatriz Dolores c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ (materia: previsional) ejecución previsional' y F.118.XLV 'Fongaro, Norma c/ Administración Nacional de la Seguridad Social', sentencias del 26 de marzo y del 17 de septiembre del corriente año, respectivamente, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Fallos que cita
- Toledano, Beatriz Dolores c/ ANSES s/ ejecución previsionalCSJN · 26/03/2008
- Fongaro, Norma c/ ANSESCSJN · 17/09/2009
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.