JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Arias, Héctor Miguel c/ YPF S.A. y otro Y OTRO s/part acc obrero

La Corte Suprema hizo lugar a las quejas por denegación de recursos extraordinarios deducidos por el Estado Nacional en un conjunto de causas por reclamos de participación en el accionariado obrero de YPF S.A. y de cobro de salarios contra Ferrocarriles Argentinos. Dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar nuevos fallos conforme a lo resuelto en los precedentes Carlos y Llevara.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 571. XLIX. RHE
Accionariado obrero Participacion accionaria Ypf s.a. Recurso extraordinario Queja Cobro de salarios Ferrocarriles argentinos Remision a precedentes Fallos 335:1053 Llevara

¿Quién es el actor?

Héctor Miguel Arias, Omar Andrés Morellato, José Antonio Neziz, Benedicto Palavecino, Vilma Liliana Rull, Luciano Carlos Sarzur, Rolando De la Cruz, Casta Amanda Espinosa, Rafael Argentino Márquez, Roque Ángel Venecia (según cada causa).

¿A quién se demanda?

YPF S.A. y otro (Estado Nacional, en su calidad de parte recurrente); en la causa "Márquez" y "Venecia", Ferrocarriles Argentinos / Ferrocarril General Belgrano S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

participación en el accionariado obrero de YPF S.A. (Programa de Participación Accionaria) y cobro de salarios.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se hicieron lugar a las quejas y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas, con costas por su orden. Se devolvieron los autos al tribunal de origen para el dictado de nuevos fallos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal sostuvo que los agravios del recurrente "encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal" en las causas "Carlos, Jorge y otros c/ LS 83 TV Canal 9 s/ cobro de pesos" (26/06/2012, Fallos: 335:1053) y "Llevara, Walter Abraham c/ Empresa Ferrocarril General Belgrano" (29/10 pasado), a cuyos fundamentos remitió "en razón de brevedad". No se transcriben argumentos propios adicionales en el texto.

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.