DELSANTO JUAN BAUTISTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio, cuestionando el cálculo del beneficio, la movilidad de las prestaciones y la constitucionalidad de los arts. 9° de la ley 24.463 y 24 y 26 de la ley 24.241. La Corte Suprema declaró procedente el recurso del actor, revocó parcialmente la sentencia y decretó la inconstitucionalidad de dichas normas con los alcances fijados en los precedentes Actis Caporale, Barrios y Argento.
¿Quién es el actor?
Juan Bautista Delsanto.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes jubilatorios (reajustes varios), cuestionando el haber inicial, la movilidad de las prestaciones, el sistema de haberes máximos y la validez constitucional de los arts. 9° de la ley 24.463 y 24 y 26 de la ley 24.241.
¿Qué se resolvió?
la Corte desestimó el recurso extraordinario de la ANSeS, declaró procedente el del actor, revocó parcialmente la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social y decretó la inconstitucionalidad de los arts. 9° de la ley 24.463 y 24 y 26 de la ley 24.241, con los alcances indicados en "Actis Caporale", "Barrios" y "Argento". Los restantes planteos del jubilado se declararon inadmisibles (art. 280 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos del actor referentes a la inconstitucionalidad de los arts. 24 y 26 de la ley 24.241, suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por la Corte en las causas B.1371.XLIII 'Barrios, Idilio Anelio c/ ANSeS s/ reajustes varios' y A.458.XL 'Argento, Federico Ernesto c/ ANSeS s/ reajustes varios', falladas el 21 de agosto y el 26 de marzo de 2013, respectivamente, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."
"Los planteos del titular vinculados con el sistema de haberes máximos resultan sustancialmente análogos a los examinados por esta Corte en el precedente 'Actis Caporale' (Fallos: 323:4216), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
"Los restantes planteos del jubilado son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." El recurso extraordinario de la demandada también fue declarado inadmisible por el mismo artículo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241arts. 24, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 17.454
Fallos que cita
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.