ARINA , MIRTA JUANA c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS - POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La Corte Suprema declaró admisibles las quejas y procedentes los recursos extraordinarios interpuestos en reclamos de personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad, revocó las sentencias apeladas y rechazó las demandas, siguiendo los fundamentos de la causa Molina (Fallos: 335:146).
¿Quién es el actor?
Arina Mirta Juana; Pascual Enrique Cagnone; Oscar Domingo Marcon y otros (personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; Policía Federal Argentina; Estado Nacional - Ministerio del Interior.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamos incluidos en el régimen de personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad (causas acumuladas CSJ 248/2012, CSJ 361/2012 y CSJ 286/2012).
¿Qué se resolvió?
se revocaron las sentencias apeladas y se rechazaron las demandas. Las costas se impusieron por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión debatida. Las quejas se declararon exentas del depósito del art. 286 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la sentencia no desarrolla argumentos propios. Remite en razón de brevedad a las consideraciones de la causa "Molina" (Fallos: 335:146), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas: "Que los planteos de la recurrente suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa 'Molina' (Fallos: 335:146), a cuyas consideraciones corresponde remitir en razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
- CPCCNarts. 68, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 23.898art. 13 · Tasas judiciales
Fallos que cita
- MolinaCSJN · Fallos 335:146
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