JurisprudenciaARG
Corte Suprema

González, Daniel Jesús c/ Ministerio de Defensa y/o Estado Nacional Y OTRO s/ordinario

Los actores promovieron demandas contra el Estado Nacional y el Ministerio de Defensa por reclamos vinculados a su relación con las Fuerzas Armadas. La Corte Suprema declaró admisibles las quejas, procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, ordenando dictar una nueva conforme a lo resuelto en la causa Lncente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 954. XLVII. RHE
Responsabilidad del estado Fuerzas armadas Ejercito argentino Recurso extraordinario Queja Remision a precedente Costas por su orden Novedad del planteo Procesos ordinarios Ministerio de defensa

¿Quién es el actor?

Daniel Jesús González; Dora Helena Gómez de Gallino; Mauricio Javier Díaz y otra; Juan Carlos Mansilla; Jorge Alberto Tomás Flores y otros; Ricardo Aníbal García; Walter Javier Franco.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa y/o Estado Nacional; Estado Nacional - Ejército Argentino; Estado Nacional (Ministerio de Defensa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos ordinarios y contencioso-administrativos contra el Estado Nacional, cuyo contenido específico no surge del texto transcripto.

¿Qué se resolvió?

se declararon admisibles las quejas y procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio y se devolvieron los autos al tribunal de origen para dictar una nueva sentencia. Las costas se impusieron por su orden en razón de lo novedoso del planteo, y la queja fue declarada exenta del depósito previsto en el art. 286 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la demandada remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa L.396.XLVII 'Incente, Víctor Hugo y otro c/ Estado Nacional Argentino - Ejército Argentino y otro s/ ordinario', fallada en la fecha, a cuyas conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.