Condominio Corrientes Palace S.A. c/ Secretaría de Energía de la Nacion y otros s/amparo
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional en un amparo promovido por un condominio hotelero contra medidas vinculadas a tarifas de energía. El Tribunal revocó la sentencia de la Cámara Federal de Córdoba remitiendo a los fundamentos de la causa Monthelado S.A., por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.
¿Quién es el actor?
Condominio Corrientes Palace S.A.
¿A quién se demanda?
Secretaría de Energía de la Nación y otros (Estado Nacional - Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo con relación a la política tarifaria y medidas de la Secretaría de Energía aplicables al servicio de energía.
¿Qué se resolvió?
Se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Se imponen las costas (art. 68 CPCCN). Se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones que se debaten en la presente causa son sustancialmente análogas a las resueltas, el 30 de septiembre de 2014, en la causa M.39.XLVII 'Monthelado S.A. c/ Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios - Secretaría de Energía s/ amparo', a cuyos términos y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad." Los considerandos son breves y el fallo remite a los fundamentos de Monthelado, por lo que la fundamentación sustancial se encuentra en ese precedente. Se dictamina de conformidad con la señora Procuradora Fiscal.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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