JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SAPAYA, MIGUELINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Una beneficiaria y otros reclamantes promovieron reclamos contra la ANSeS por reajustes varios, vinculados con la actualización de la prestación básica universal. La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y remitió a los alcances fijados en el precedente Quiroga.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 004262/2014/CS001
Recurso extraordinario Anses Reajuste previsional Prestacion basica universal Actualizacion de haberes Precedente quiroga Seguridad social Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Revocacion de sentencia.

¿Quién es el actor?

Miguelina Sapaya y otros reclamantes (Ramón Oreste Perón, Leonardo Antonio Herrera, Antonio Rodríguez, Juan Carlos Fontanella, Juan Carlos Siburu, Víctor Hugo Veira, Carmen Inés De La Parra, Oscar Alberto Nobile, David Ramón Echeverría, Osvaldo Néstor Príncipe, Alberto Crespo, Félix Eucebio Oviedo, Jorge Oscar Salvador, Carlos Andrés Rapetti, Augusto Hugo Kohler y Carlos Alberto Lagun).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de las prestaciones, vinculados con la actualización de la prestación básica universal.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por la ANSeS, revocó las sentencias apeladas, con los alcances que surgen del precedente "Quiroga" (Q.68.XLVI), y declaró inadmisibles los restantes planteos (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte señaló que los agravios de la ANSeS vinculados con la actualización de la prestación básica universal son sustancialmente análogos a los analizados y resueltos en la causa "Quiroga, Carlos Alberto e/ ANSeS s/ reajustes varios", fallada el 11 de noviembre, y que, en lo pertinente, a sus consideraciones cabe remitir por razón de brevedad. Respecto de los restantes planteos, consideró que resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). El texto no transcribe otros párrafos argumentales, por remitir al precedente citado.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 11/11/2014

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