JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RIVEIRA CRISTOBAL JUAN Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA- EJERCITO ARGENTINO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

El Estado Nacional - Ejército Argentino - Estado Mayor General del Ejército dedujo recurso de hecho en un proceso previsional contencioso administrativo. La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, y revocó la decisión apelada, remitiendo a los fundamentos de la causa Claro, Miguel Ángel c/ Estado Nacional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 36. XLVI. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Materia previsional Contencioso administrativo Ejercito argentino Estado nacional Remision a precedente Revocacion Costas

¿Quién es el actor?

Estado Nacional - Ejército Argentino - Estado Mayor General del Ejército (recurrente).

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO (el fallo no identifica la contraparte).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (materia previsional, según la carátula).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario y se revoca la decisión apelada, con costas. Se declara a la presentación directa exenta del depósito del artículo 286 del CPCCN (artículo 13, inciso f, ley 23.898).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa C.59.XLIX. 'Claro, Miguel Ángel c/ Estado Nacional s/ apelación medida cautelar', sentencia del 19 de marzo de 2014, a cuyas consideraciones y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 23.898art. 13 inc. f · Tasas judiciales
  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Claro, Miguel Ángel c/ Estado Nacional s/ apelación medida cautelarCSJN · 19/03/2014

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.