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Corte Suprema

Olivera, Marcelo Fabián c/ General Tómas Guido S.A.C.I.F. y otros Y OTROS s/daños y perjuicios (acc. tran. c/les. o muerte)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesión o muerte, dirigida también contra la aseguradora citada en garantía. La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la aseguradora, revocó la decisión apelada y declaró que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 126. L. REX
Seguro de responsabilidad civil Franquicia contractual Oponibilidad al tercero damnificado Citacion en garantia Accidente de transito Limites de la contratacion Recurso extraordinario Art. 16 ley 48 Danos y perjuicios Transporte publico de pasajeros

¿Quién es el actor?

Marcelo Fabián Olivera.

¿A quién se demanda?

General Tomás Guido S.A.C.I.F. y otros; la aseguradora Argos Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía, recurrente ante la Corte.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (lesión o muerte).

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la decisión apelada y se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado; la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remitió a sus precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y a las causas "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones dio por reproducidas, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. La cita textual del considerando es: "los agravios de la aseguradora expresados en el recurso extraordinario de fs. 529/543 remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes..."

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • NietoCSJN · Fallos 329:3054
  • CuelloCSJN · Fallos 331:379
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008

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