JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Heinrich, Alejandro s/infracción ley 22.802

El recurso extraordinario interpuesto por la provincia de Buenos Aires contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que se había declarado incompetente para conocer en una causa por infracción a la ley 22.802, fue declarado formalmente admisible. La Corte confirmó la sentencia apelada, compartiendo los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 86. L. REX
Ley 22.802 Lealtad comercial Infraccion en tentativa Competencia Recurso extraordinario Incompetencia federal Direccion provincial de comercio Provincia de buenos aires Procuradora fiscal Costas.

¿Quién es el actor?

Provincia de Buenos Aires (Dirección Provincial de Comercio), representada por Gustavo Juan Fuertes, con patrocinio del Fiscal de Estado, Dr. Hernán Rodolfo Gómez.

¿A quién se demanda?

Alejandro Heinrich, asistido por la Dra. María Inés Spinella, Defensora Oficial.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Infracción a la ley 22.802 (Lealtad Comercial) en grado de tentativa.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que había declarado la incompetencia del tribunal federal para conocer en la causa. Las costas se impusieron a la parte recurrente (art. 68 del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir por razones de brevedad." Por ello, "de conformidad con lo dictaminado, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas (artículo 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Nota: El fallo no transcribe los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal, sino que remite a ellos, por lo que el análisis de la competencia no surge del texto de esta sentencia.

Normas que cita

  • Ley 22.802Lealtad comercial
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.