PINO, JOSÉ ANGEL s/Abuso sexual con acceso carnal, gravemente ultrajante
La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la defensa de José Ángel Pino en la causa por abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante y dejó sin efecto la resolución recurrida. Ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento conforme a derecho.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (acusación en la causa penal).
¿A quién se demanda?
José Ángel Pino (imputado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso penal por el delito de abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar al recurso extraordinario, dejó sin efecto la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén y devolvió los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento. La mayoría adhirió a los fundamentos y conclusiones del dictamen del Procurador Fiscal, que el texto no transcribe.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, cuyos términos se dan por reproducidos en razón de brevedad." Por ello, la Corte remite a dicho dictamen, que no integra el texto analizado.
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Carlos S. Fayt sostuvo que "la cuestión federal alegada por la defensa no ha sido debidamente mantenida durante el proceso", por lo que declaró mal concedido el recurso extraordinario. Esta postura quedó en minoría y no es la decisión del tribunal.
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