ARIAS, CARLOS ALFREDO c/ EST. NAC.-MIN. DE DEFENSA-IAFPPRM- s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los herederos de Carlos Alfredo Arias reclamaron contra el Estado Nacional y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y el personal militar y civil de las Fuerzas Armadas por el haber previsional. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de la demandada y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Salas (Fallos: 334:275).
¿Quién es el actor?
Carlos Alfredo Arias (causante, representado por sus herederos o sucesores en el expediente).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Defensa - IAFPPRM (Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares) y Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo vinculado al haber previsional del causante, en el marco del régimen de retiros y pensiones militares.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la demandada, revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en el considerando 13 del precedente "Salas" y dispuso que las costas se impongan por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el planteo del recurrente remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa 'Salas' (Fallos: 334:275), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."
"Por ello, se declara procedente el recurso interpuesto por la demandada y se revoca la sentencia apelada con el alcance indicado en el considerando 13 del precedente 'Salas'. Costas por su orden."
El fallo no desarrolla fundamentos propios: la solución se apoya íntegramente en la remisión al precedente "Salas", por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.