Ozuna, Ricardo Javier s/causa nº 16847
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por la defensa de Ricardo Javier Ozuna, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. La vicepresidenta Highton de Nolasco votó en disidencia y propuso desestimar la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario.
¿Quién es el actor?
Ricardo Javier Ozuna, representado por el Defensor Oficial (luego defensor ad hoc Dr. Federico O'Ottavio).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional / Ministerio Público (en el marco de la causa penal de ejecución).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos para un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en CSJ 124/2013 "Villalba, Miguel Clemente", al que se remite por razones de brevedad. Lo dictaminado por el Procurador Fiscal fue considerado en la decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El fallo se remite a las consideraciones del precedente "Villalba" (7/10/2014), por resultar aplicable en lo pertinente. Según el texto, "concordemente a lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal" se adopta la solución mayoritaria. La disidencia de la Dra. Highton de Nolasco sostuvo, en cambio, que "el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)", por lo que correspondía desestimar la queja e intimar al recurrente a acompañar copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectuar el depósito del art. 286 CPCCN. Esta postura quedó en minoría y no integra la decisión del Tribunal.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 16.255
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Villalba, Miguel Clemente s/causa n° 16.255CSJN · 07/10/2014
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.