JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RANDUCCI OSCAR TOMAS c/ ANSES s/EJECUCION PREVISIONAL

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la presentación directa y declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por ANSeS en una ejecución previsional. Revocó la sentencia apelada en los términos del precedente Robert, aplicable a los intereses de deudas previsionales consolidadas por la ley 25.344.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 54. L. RHE
Ejecucion previsional Anses Intereses Deuda previsional Ley 25.344 Ley 26.546 Recurso extraordinario Recurso de hecho Precedente robert Costas.

Actor (ejecutante): Oscar Tomás Randucci.

Demandado (ejecutado): Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución previsional de deudas consolidadas por la ley 25.344, pagaderas en efectivo a partir del dictado de la ley 26.546, con discusión sobre los intereses aplicables.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la presentación directa, se declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en el precedente citado. Las costas se impusieron en todas las instancias en proporción a los vencimientos recíprocos (art. 71 CPCCN). Los restantes agravios de la ANSeS fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, relacionadas con los intereses que cabe aplicar a las deudas previsionales consolidadas por la ley 25.344, pagaderas en efectivo a partir del dictado de la ley 26.546, resultan sustancialmente análogas a las resueltas por este Tribunal en la causa R.623.XLVIII 'Robert, Daniel c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 15 de mayo de 2014, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que los restantes agravios de la ANSeS son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • Ley 25.344Emergencia economica-financiera
  • Ley 26.546Presupuesto general de la administracion nacional ejercicio 2010
  • CPCCNarts. 280, 71 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Robert, Daniel c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/05/2014

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.