ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES c/ TIERRAS Y YERBALES SA s/expropiación
La Corte Suprema admitió la queja interpuesta por la Administración de Parques Nacionales y declaró procedente el recurso extraordinario en un juicio de expropiación. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
Actor (expropiante): Administración de Parques Nacionales (Estado Nacional).
Demandado (expropiado): Tierra y Yerbales S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Expropiación de un inmueble para el Parque Nacional.
¿Qué se resolvió?
Admitir la queja, declarar formalmente procedente el recurso extraordinario de la actora, dejar sin efecto la sentencia de fs. 393/396 y devolver los autos a la instancia de origen para un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden. Diferimiento del depósito del art. 286 CPCCN conforme la acordada 47/91.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte expresa que comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, al cual se remite por razones de brevedad. El texto del fallo no transcribe otros argumentos; los fundamentos completos surgen del dictamen de la Procuradora, no incluido en el documento analizado.
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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