JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - I., J. M. Y OTRO s/PROTECCION ESPECIAL

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por C.M.I. en el proceso de protección especial de J.M.I. y revocó la decisión apelada. Dispuso el reintegro del menor a su madre, con un proceso previo de adaptación y un monitoreo a cargo del organismo de aplicación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 037609/2012/1/RH001
Proteccion especial de derechos Reintegro de menor Recurso de queja Recurso extraordinario Ley 48 art. 16 Interes superior del nino Medidas de proteccion Monitoreo Organismo de aplicacion Adaptacion del menor.

¿Quién es el actor?

C.M.I., madre del menor J.M.I., con patrocinio de la Dra. Graciela Mónica Fijtman.

¿A quién se demanda?

No surge de la sentencia una parte demandada en sentido estricto; el procedimiento es de protección especial de derechos de J.M.I.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro del menor J.M.I. a su madre, en el marco de una medida de protección especial.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se revoca la decisión apelada. Se dispone el reintegro del menor a su madre, con un proceso previo de adaptación, y la implementación de las medidas indicadas a fs. 51 vta., 52, 69 vta. y 70, con un monitoreo a cargo del organismo de aplicación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema comparte los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal subrogante (fs. 90/97 vta.), a los cuales se remite por razón de brevedad, y en uso de las facultades previstas por el art. 16 de la ley 48 resuelve el reintegro del menor. La sentencia no transcribe en su texto fundamentos autónomos adicionales, por lo que los argumentos sustanciales se encuentran en el dictamen de la Procuradora al que remite.

Normas que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.