LESCANO, SONIA PAOLA c/ CAJA POPULAR DE AHORROS DE TUCUMAN -POPUL ART- s/AMPARO
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos en un amparo promovido contra una caja de ahorros por la aplicación de la ley 26.773 para fijar montos resarcitorios por incapacidades laborales. El Tribunal remitió a los fundamentos del precedente Espósito (Fallos: 339:781), dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar nuevos pronunciamientos.
¿Quién es el actor?
Sonia Paola Lescano (en la causa conexa CSJ 1830/2016/CS1, Pedro Cristóbal Núñez).
¿A quién se demanda?
Caja Popular de Ahorros de Tucumán - POPULART SA (ART).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo tendiente a obtener el resarcimiento por incapacidades laborales, cuestionándose la aplicación de la ley 26.773 para la fijación de los montos indemnizatorios.
¿Qué se resolvió?
Se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto las sentencias apeladas y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicten nuevos pronunciamientos conforme a lo resuelto en "Espósito".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación de la ley 26.773 a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales, encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Espósito' (Fallos: 339:781), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."
"En consecuencia, corresponde descalificar los fallos recurridos, lo que torna inoficioso el tratamiento de las demás cuestiones traídas a conocimiento del Tribunal."
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Ley 26.773
Fallos que cita
- EspósitoCSJN · Fallos 339:781
- Núñez, Pedro Cristóbal c/ Caja Popular de Ahorros de TucumánCSJN
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