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Corte Suprema

ZHUANG, BIAO s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata rechazó el pedido de carta de ciudadanía de Biao Zhuang por incumplimiento del requisito de residencia permanente de dos años previsto en la ley 346. La Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución que había concedido el recurso extraordinario y ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FLP 038799/2016/CS001
Carta de ciudadania Ley 346 Residencia permanente Recurso extraordinario Nulidad Corte suprema Naturalizacion Decreto 3213/84 Rechazo in limine Precedente zheng.

Actor/peticionario: Biao Zhuang, representado por el doctor Christian Demian Rubilar Panasiuk.

¿A quién se demanda?

Estado nacional (trámite de solicitud de carta de ciudadanía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

obtención de la carta de ciudadanía argentina.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró la nulidad de la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala II, que había concedido el recurso extraordinario (fs. 167), y ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión. Se remitió a los fundamentos de la causa "Zheng, Jingyi" (FLP 35306/2016/CS1, sentencia del 4 de abril de 2017), por análoga situación fáctica y jurídica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala II, al rechazar el recurso de apelación interpuesto por el representante de Biao Zhuang, dejó firme la decisión del juez de primera instancia que había resuelto rechazar in limine el pedido de carta de ciudadanía efectuado por aquél. Para decidir de esa manera, la alzada se remitió a los fundamentos y conclusión expuestos en el fallo dictado en la causa 'Zheng Jingyi', en el que se daba cuenta del incumplimiento del recaudo legal referido a la residencia permanente del peticionario en el país por el plazo de dos años para el momento de la solicitud, previsto en el art. 2° de la ley 346 (fs. 139)."

El recurso extraordinario alegaba violación de la garantía del art. 20 de la Constitución Nacional, errónea interpretación de los requisitos de la ley 346, aplicación de precedente del Tribunal e inconstitucionalidad del decreto 3213/84.

"la situación que se presenta en el sub lite es sustancialmente análoga a la considerada y decidida por esta Corte en la causa FLP 35306/2016/CS1 'Zheng, Jingyi s/ solicitud carta de ciudadanía', sentencia del 4 de abril de 2017, a cuyos fundamentos y conclusión corresponde remitir por razones de brevedad."

Leyes que cita

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