JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - SAAVEDRA, ADOLFO ANIBAL Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MTRIO. DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DD. HH. - GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La Corte Suprema admitió la queja del Estado Nacional y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Mendoza que había reconocido diferencias salariales a integrantes de Gendarmería Nacional por adicionales creados en decretos del Poder Ejecutivo. El Tribunal señaló que la cámara había extendido indebidamente la calificación de remunerativos y bonificables a todos los suplementos y compensaciones del decreto 2769/1993, y ordenó dictar un nuevo fallo conforme a su doctrina.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMZ 053054752/2010/1/RH001
Gendarmeria nacional Diferencias salariales Adicionales transitorios Caracter remunerativo y bonificable Decreto 2769/1993 Recurso extraordinario Queja Corte suprema Regimen salarial de fuerzas de seguridad Estado nacional.

¿Quién es el actor?

Adolfo Aníbal Saavedra y otro.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos) y Gendarmería Nacional Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de diferencias salariales por la incorporación de adicionales transitorios creados en el art. 5° de los decretos 1104/2005, 1095/2006, 871/2007 y 1053/2008 como remunerativos y bonificables.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas por su orden, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios expuestos por la demandada encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en las causas 'Bovari de Díaz' (Fallos: 323:1048) y 'Villegas, Osiris' (Fallos: 323:1061), a cuyos fundamentos -en lo pertinente- corresponde remitir en razón de brevedad."

"Ello es así, pues de la sentencia se desprende que la cámara no se limitó a calificar como remunerativos y bonificables a los adicionales transitorios creados en el art. 5° de los decretos 1104/2005, 1095/2006, 871/2007 y 1053/2008 -y admitir en consecuencia las diferencias salariales reclamadas-, sino que incluyó en esa calificación a los incrementos de todos los suplementos y compensaciones establecidos en el decreto 2769/1993."

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.