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Corte Suprema

TUSINI LUIS ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Luis Alfredo Tusini reclamó a la ANSeS el reajuste de su Prestación Compensatoria, cuestionando el tope de 35 años previsto por el art. 24 de la ley 24.241. La Corte Suprema declaró procedente el recurso, revocó parcialmente la sentencia apelada y declaró la inconstitucionalidad de ese tope, siguiendo los precedentes Barrios y Di Fabio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 386. XL. ROR
Prestacion compensatoria Art. 24 ley 24.241 Tope de 35 anos Inconstitucionalidad Reajuste previsional Seguridad social Anses Precedente barrios Precedente di fabio Recurso ordinario.

¿Quién es el actor?

Luis Alfredo Tusini.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios, en particular el cálculo de la Prestación Compensatoria con el tope de 35 años de servicios previsto por el art. 24 de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso ordinario del actor, revocó parcialmente la sentencia apelada y hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241, con el alcance indicado en los precedentes citados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a fs. 163/164 vta. este Tribunal remitió, en lo pertinente, al precedente 'Wittall' (Fallos: 328:3097), por lo que cumplido con lo ordenado en dicha causa, corresponde resolver el planteo pendiente."

"Que los agravios del actor que se refieren al tope de 35 años para el cálculo de la Prestación Compensatoria (PC), previsto por el art. 24 de la ley 24.241, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en las causas 'Barrios' (Fallos: 336:1224) y CSJ 20/2014 (50-D)/CS1 'Di Fabio, Tulio Amado c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencia del 10 de agosto de 2017, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 24 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

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