JurisprudenciaARG
Corte Suprema

EXPTE. N 106-STJ-2014 -DEFENSORA CORREC. Y DE MENORES N 1 DE LA 1RA. CIRC.JUD.-DRA. LILIAM T. INES BELLONI-P/S., M. J. EN AUTOS EXPTE. N 7/2014 S. M. J. Y OTRO s/LESIONES GRAVES

La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por la Defensora de Menores en favor de M. J. S. en una causa por lesiones graves, y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en Fallos 329:4770. La disidencia de Rosenkrantz y Rosatti, que propuso declarar inadmisible el recurso, no prevaleció.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 000285/2018/CS001
Lesiones graves Recurso extraordinario Admisibilidad Remision a precedente Fallos 329:4770 Menores Defensoria de menores Provincia de misiones Nuevo pronunciamiento Art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

M. J. S., representada por la Dra. Liliam Teresita Inés Belloni, Defensora en lo Correccional y de Menores.

¿A quién se demanda?

no consta en la sentencia (proceso penal; la causa se sigue contra M. J. S.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

causa penal por lesiones graves.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró admisible el recurso extraordinario y dejó sin efecto el pronunciamiento apelado, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento. El fundamento es la remisión a lo resuelto en Fallos 329:4770, "a cuyos fundamentos corresponde remitir en razón de brevedad".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por esta Corte en la sentencia publicada en Fallos: 329:4770, a cuyos fundamentos corresponde remitir en razón de brevedad." Disidencia (Rosenkrantz y Rosatti): "Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se lo desestima."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.