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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - TEPLITZ, MARCOS c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La ANSeS interpuso recurso de queja contra la sentencia que la condenó en un reajuste de haberes previsionales, con planteos vinculados a los accesorios aplicables a deudas previsionales consolidadas por la ley 25.344. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en el precedente Echevarría.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FBB 024008811/2000/1/RH001
Queja Recurso extraordinario Anses Reajuste de haberes Deudas previsionales Ley 25.344 Ley 26.546 Accesorios Precedente echevarria Admisibilidad (art. 280 cpccn)

¿Quién es el actor?

Marcos Teplitz.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales, con cuestionamientos sobre los accesorios aplicables a las deudas previsionales consolidadas por la ley 25.344, pagaderas en efectivo a partir del dictado de la ley 26.546.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en el precedente "Echevarría" (CSJ 31/2011 (47-E)/CS1, fallado el 21 de febrero de 2013). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos de la ANSeS relacionados con los accesorios aplicables a las deudas previsionales consolidadas por la ley 25.344, pagaderas en efectivo a partir del dictado de la ley 26.546, encuentran adecuada respuesta en la causa CSJ 31/2011 (47-E)/CS1 'Echevarría, Olga Beatriz c/ ANSeS s/ ejecución previsional', fallada el 21 de febrero de 2013, cuyos fundamentos se dan por reproducidos (conf. punto IV del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, al que remitió la Corte en el citado precedente)."

"El juez Rosenkrantz se remite a su disidencia parcial en la causa 'Pennacchiotti' (Fallos: 342:193)."

"Que las restantes impugnaciones son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 25.344Emergencia economica-financiera
  • Ley 26.546Presupuesto general de la administracion nacional ejercicio 2010
  • CPCCNarts. 280, 68, 71 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Echevarría, Olga Beatriz c/ ANSeS s/ ejecución previsionalCSJN · 21/02/2013
  • PennacchiottiCSJN · Fallos 342:193

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