JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PANI, MIGUEL ANGEL Y OTROS c/ ENA-MINISTERIO DE DEFENSA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Los actores promovieron reclamos contra el Estado Nacional (Ministerio de Defensa - ENA) en el marco de un proceso contencioso administrativo. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, remitiendo a los alcances fijados en el precedente Sosa, Carla Elizabeth (Fallos: 342:832).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMZ 025553/2015/CS001
Contencioso administrativo Estado nacional Ministerio de defensa Ena Recurso extraordinario Admisibilidad Precedente sosa Fallos 342:832 Art. 280 cpccn Confirmacion de sentencia

¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Pani y otros; Antonio Torres y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa (Ejército/ENA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos contencioso administrativos varios (el fallo no detalla el objeto específico, remitiendo al precedente "Sosa").

¿Qué se resolvió?

Se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios; se confirmaron las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Sosa, Carla Elizabeth"; las restantes cuestiones fueron declaradas inadmisibles. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en el precedente 'Sosa, Carla Elizabeth' (Fallos: 342:832), al que corresponde remitir por razones de brevedad."

"El juez Rosenkrantz remite a su voto en la causa mencionada."

"En lo que se refiere al restante cuestionamiento, los recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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