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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - BUNGE OCTAVIO JOSE c/ CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO CAPILAR SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra un centro de tratamiento capilar y otro demandado por responsabilidad profesional médica. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la resolución apelada por remisión a precedentes análogos y ordenó dictar un nuevo fallo con arreglo a lo expresado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 107412/2013/1/RH001
Responsabilidad profesional medica Danos y perjuicios Recurso extraordinario Queja Remision a precedentes Revocacion Reenvio Costas Tratamiento capilar Auxiliares de la medicina.

¿Quién es el actor?

Octavio José Bunge.

¿A quién se demanda?

Centro Integral de Tratamiento Capilar S.A. y otro demandado (no individualizado en el texto).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de responsabilidad profesional médica y de auxiliares.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto, revocó la resolución apelada, con costas, y devolvió los autos al tribunal de origen (Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil) para que dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios del apelante remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en las causas 'Vitale' (Fallos: 339:368), 'Bortolotti, Silvia María c/ Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ lesiones o muerte)', del 16 de abril de 2019, y 'S.I.M. Servicios e Insumos Médicos SRL c/ La Primera de Grand Bourg SATCI y otros s/daños y perjuicios (acc. tran. sin lesiones)', del 14 de mayo de 2019, cuyas consideraciones se dan por reproducidas." La Corte no desarrolla argumentos propios en este pronunciamiento: resuelve por remisión a sus precedentes. Los fundamentos concretos del cambio de criterio surgen de los fallos citados, no de esta sentencia.

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