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Corte Suprema

COMPANIA ARGENTINA DE GRANOS S.A c/ ESTADO NACIONAL - AFIP s/REPETICIÓN

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la AFIP y revocó la sentencia que había admitido la demanda de repetición de retenciones de IVA por compras de cereal. Rechazó la demanda remitiendo a los fundamentos del precedente Fallos 344:277, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCB 025532/2013/CS001
Repeticion de pago indebido Iva Retenciones Compras de cereal Recurso extraordinario Ley 48 Leyes 11.683 y 23.349 Arbitrariedad Cuestion federal Fisco nacional

¿Quién es el actor?

Compañía Argentina de Granos S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - AFIP (Fisco Nacional)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

repetición de los importes ingresados en concepto de retenciones del impuesto al valor agregado (IVA) por las compras de cereal a ciertos proveedores, correspondientes a los períodos fiscales comprendidos entre enero de 2008 y diciembre de 2009.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario del Fisco, revocó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que había confirmado (por mayoría) la condena a repetir, y rechazó la demanda. Las costas de todas las instancias se impusieron a la parte vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que los agravios del apelante suscitan cuestión federal suficiente para habilitar la vía, pues se encuentra en tela de juicio la interpretación de normas federales (leyes 11.683 y 23.349) y la decisión final es contraria al derecho invocado por el recurrente (art. 14, inc. 3º, de la ley 48).

Aplicó el criterio de Fallos 330:2347 y 342:1847: cuando los agravios de arbitrariedad e incorrecta interpretación de una norma federal están inescindiblemente ligados, corresponde su consideración conjunta.

Remitió, en razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Compañía Argentina de Granos S.A." (Fallos: 344:277), por considerar que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. Los jueces Rosatti y Maqueda remitieron a su voto conjunto en ese precedente.

Cita textual del considerando 4º: "las cuestiones planteadas en autos resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Compañía Argentina de Granos S.A.' (Fallos: 344:277), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 11.683Procedimiento fiscal
  • Ley 23.349
  • Ley 48arts. 14 inc. 3º, 16 segunda parte · Justicia nacional
  • CPCCNarts. 68, 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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