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Corte Suprema

ROMERO LUIS PASTOR Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los integrantes del personal de Gendarmería Nacional y otros agentes de fuerzas de seguridad reclamaron el régimen de personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Grandoli y, en lo pertinente, a Camejo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 093948/2015/CS001
Personal militar y civil Fuerzas armadas y de seguridad Gendarmeria nacional Recurso extraordinario Remision a precedentes Confirmacion de sentencia Regimen de personal Precedente grandoli Precedente camejo Costas

¿Quién es el actor?

Luis Pastor Romero y otros; María del Carmen García y otros; Ramón Enrique Mello y otros; Lorenzo Villena; Jorge Yasko.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad (Estado Nacional, Gendarmería Nacional en el caso Yasko).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos vinculados al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances surgidos de los precedentes citados. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa CAF 41658/2014/CS1-CA1 'Grandoli, Marcelo Fabián y otros c/ EN –M Seguridad- GN s/ Personal Militar y Civil de las FFAA Y de Seg.', sentencia del 17 de junio de 2021, a la que corresponde remitir por razones de brevedad."

"El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente 'Camejo' (Fallos: 344:1388)."

"Por ello, se declaran formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen de los antecedentes citados. Con costas."

No se trata de un fallo dividido: los cuatro ministros firmantes adhieren a la misma solución, por remisión a los precedentes citados.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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