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Corte Suprema

CICCHETTI GRACIELA BEATRIZ Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los jubilados y pensionados de la Policía Federal y de las Fuerzas Armadas reclamaron contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal por el reajuste de sus haberes. La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos de los precedentes Ilardi y Bosso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 096856/2014/CS001
Regimen previsional Policia federal Fuerzas armadas Personal militar y civil Caja de retiros y jubilaciones Recurso extraordinario Precedente ilardi Precedente bosso Haberes jubilatorios Art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

Graciela Beatriz Cicchetti y otros, junto con Susana Isabel Yannelli, Abel Abregu y Oscar Emilio Cabral, entre otros, jubilados y pensionados del régimen de la Policía Federal y de las Fuerzas Armadas.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina (CRJPPFA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos previsionales vinculados al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, cuyo detalle no surge del texto de la sentencia.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen de los precedentes citados. Impuso las costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa CSS 20756/2016/CS1 'Ilardi, Josefa c/ Caja de Retiros Jubilac. y Pens. de la Policía Federal s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', fallo del 4 de junio de 2020, cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, se dan por reproducidos por razón de brevedad." "El juez Rosenkrantz se remite a su voto en la causa 'Bosso' (Fallos: 342:1511)." "Que las restantes cuestiones planteadas son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

No se registran votos en disidencia.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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