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Corte Suprema

GONZALEZ JOSE LUIS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró parcialmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por diversos agentes del Servicio Penitenciario Federal y de las Fuerzas Armadas contra sentencias sobre reclamos de haberes y personal militar y civil. El Tribunal confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, remitiendo al precedente Gines (Fallos: 345:401), sin imposición de costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 036584/2018/CS001
Personal militar Personal civil Fuerzas armadas Servicio penitenciario federal Recurso extraordinario Precedente gines Confirmacion Costas Ausencia de contradictorio Admisibilidad parcial

¿Quién es el actor?

José Luis González, Héctor Sergio Díaz, Francisco José Antonio Jalile, Antonia Troche, Marcelo Fabián Armoa y otros, Orlando Olivera y otro, Humberto Marcelo Fernández, Francisco Ernesto Valenziano, Graciela Susana Domínguez y otros (agentes del personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad).

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; Servicio Penitenciario Federal y otros organismos según cada causa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos vinculados al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

se declaran parcialmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Gines". Sin costas por ausencia de contradictorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Gines' (Fallos: 345:401), a la que corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad." El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente mencionado. "En lo que se refiere al planteo efectuado acerca de la imposición de las costas, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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