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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - ALTAMIRANO, PABLO ANIBAL Y OTROS c/ ESTADO NACINAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El Estado Nacional, a través de la Fuerza Aérea Argentina, cuestionó la incorporación del suplemento por zona al haber de retiro de los actores, reclamo vinculado a los suplementos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó parcialmente sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo fallo conforme a los precedentes Bovari de Díaz y Villegas, Osiris.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCB 045029/2015/1/RH001
Suplementos Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Haber de retiro Suplemento por zona Resolucion 1459/93 Recurso extraordinario Queja Bovari de diaz Villegas.

¿Quién es el actor?

Pablo Aníbal Altamirano y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de suplementos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, en particular la incorporación del suplemento por "zona" (resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) al haber de retiro.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja parcialmente sin efecto la sentencia apelada, en lo que fue materia de agravio. Se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios expuestos por la incorporación del suplemento por 'zona' (resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) al haber de retiro, encuentran adecuada respuesta en lo decidido por esta Corte en la causa 'Bovari de Díaz' (Fallos: 323:1048) y 'Villegas, Osiris' (Fallos: 323:1061), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

No se registran votos en disidencia; la sentencia se dicta sin fundamentos propios más allá de la remisión a los precedentes citados.

Normas que cita

  • Resolución 1459

Fallos que cita

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