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Primera Instancia

LOHUANDUS JONATAN DANIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió demanda por cobro de prestaciones dinerarias por secuelas incapacitantes derivadas de un accidente de trabajo ocurrido el 11/10/2023, contra la aseguradora de riesgos del trabajo, luego de que la Comisión Médica desconociera incapacidad. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó al pago de $6.130.921,91, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y ordenó la actualización por CER más un interés puro del 3%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 6 - SAN ISIDRO
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-37311-2024
Accidente de trabajo Incapacidad laboral parcial y permanente Ley de riesgos del trabajo Decreto 669/19 Inconstitucionalidad Actualizacion monetaria Ley 23.928 Coeficiente cer Interes puro Aseguradora de riesgos del trabajo

¿Quién es el actor?

Jonatan Daniel Lohuandus, trabajador de la Municipalidad de Tigre, con 31 años a la fecha de la primera manifestación invalidante.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., aseguradora de riesgos del trabajo de la empleadora.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

prestaciones dinerarias por incapacidad laboral parcial y permanente derivada de un accidente ocurrido el 11/10/2023 (caída de la tapa de un sumidero sobre la mano derecha), cuyo alta sin incapacidad fue confirmado por la Comisión Médica Jurisdiccional, con actualización monetaria, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la demanda y se condena a la demandada al pago de $6.130.921,91, con actualización por CER más interés puro del 3% anual; se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19, de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 (según ley 25.561) y del art. 12 de la ley 24.557; se imponen costas a la demandada y se regulan honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la incapacidad: "Analizando el dictamen pericial, resulta inteligible y, sobretodo, no contradictorio." El perito determinó una incapacidad parcial y permanente del 12,7% T.O., con base en el Baremo del Decreto 659/96 y 49/14.

Sobre el DNU 669/19: "Concluyo que no han existido ninguna de las circunstancias fácticas que la norma constitucional describe para el dictado del decreto en crisis, que de aplicarse al caso concreto genera una lesión de imposible reparación posterior sobre el derecho de propiedad del actor y trabajo de los abogados, por lo que se impone declarar su inconstitucionalidad y consecuente inaplicabilidad al caso de autos."

Sobre la actualización: "Propongo declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso concreto del art. 12 de la LRT, mod. por Ley 27.348 modificatorio y de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 (texto según Ley 25.561), en cuanto prohíben la actualización monetaria de los créditos laborales."

Sobre los intereses: "Al capital ya actualizado (repotenciado), deberá adicionarse un interés puro del 3% anual en concepto de intereses moratorios, por ser esta la tasa que refleja el costo real de la mora una vez neutralizado el efecto inflacionario."

¿Cómo votaron los jueces?

no comparte la aplicación del anatocismo del art. 770 inc. b) del CCCN, por entender que la actualización por IPC más interés puro no equivale al interés referido en la norma.

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