VIAYTES MAGDALENA VERONICA Y OTROS C/ IROULEGUY RICARDO ANGEL S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Los actores promovieron un reclamo laboral contra el demandado, que culminó con un acuerdo conciliatorio por la suma de $3.000.000 para cada uno de ellos. El Tribunal del Trabajo Nro. 5 de La Plata homologó la conciliación en todos sus términos, con costas a cargo del demandado.
Demandantes: Magdalena Verónica Viaytes, Facundo Emanuel Tabares, Axel Jeremías Viaytes y Constanzo Carlos Rafael Tabares.
¿A quién se demanda?
Ricardo Angel Irouleguy.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de un acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes el 19/8/2026, por el que el demandado abona a cada uno de los actores la suma de $3.000.000.
¿Qué se resolvió?
La mayoría del Tribunal (Sosa, Arechabala y Sanchez Sierra, quienes votaron por la afirmativa en forma unánime) resolvió homologar el acuerdo conciliatorio en todas sus partes, con costas a cargo de la demandada (art. 24 ley 15.057). Se regularon honorarios a los letrados Juan Ignacio Gianibelli y Diego Antonio García en 45.085 Jus cada uno (equivalentes a $2.400.000 cada uno), más el 10% legal y el IVA si correspondiera. Se intimó a la demandada al pago de la Tasa de Justicia ($264.000) y Sobretasa ($13.200) en el plazo de cinco días.
Fundamentos principales (transcripción textual de los párrafos relevantes del voto de la Sra. Jueza Sosa, al que adhirieron los demás Jueces): "Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 19/8/2026 fue celebrado libremente por los actores Facundo Emanuel Tabares, Axel Jeremías Viaytes, Magdalena Veronica Viaytes, y Constanzo Carlos Rafael Tabares por la suma de $ 3.000.000 a cada uno de los actores y el demandado cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas".
"A LA MISMA CUESTION planteada, los Sres. Jueces ARECHABALA y SANCHEZ SIERRA compartiendo fundamentos, VOTAN TAMBIEN POR LA AFIRMATIVA."
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
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