ORELLANA GRACIELA C/ ZUCCHINI MARIANO CLAUDIO Y OTROS S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido contra Mariano Claudio Zucchini, Valentina Laura Zucchini y Norma Edith Solís, en la que se arribó a una conciliación por la suma de seis millones de pesos pagadera en tres cuotas. El Tribunal del Trabajo Nº 5 de Avellaneda-Lanús homologó el acuerdo, le dio autoridad de cosa juzgada e impuso costas a la parte demandada hasta la suma reconocida.
¿Quién es el actor?
Graciela Orellana.
¿A quién se demanda?
Mariano Claudio Zucchini, Valentina Laura Zucchini y Norma Edith Solís, quienes ofrecieron en forma solidaria la suma de seis millones de pesos ($6.000.000) en concepto de capital, sin reconocer hechos ni derechos y a los solos fines conciliatorios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por despido.
¿Qué se resolvió?
"Homológase el acuerdo arribado, hágase saber a la demandada VALENTINA LAURA ZUCCHINI que deberá ratificar gestión dentro del plazo de ley y abónese la Tasa de Justicia (art. 30, 38 y 39, Ley 15057). Con costas (art. 19 Ley 15057) a la parte demandada hasta la suma reconocida." Se regularon honorarios de las letradas Maria Veronica Couly y Sandra Noemi Menichelli, de 22,54 Jus cada una con más el 10 % adicional, y del perito contador en la suma de $240.000 más el 10 % adicional. Se intimó a la parte demandada al pago de la tasa de justicia de $132.000 dentro de diez días.
Términos del acuerdo: pago de capital en tres cuotas de $2.000.000 cada una, con vencimientos el 5 de octubre, 5 de noviembre y 5 de diciembre de 2026; interés punitorio diario del 0,30 % por mora; cláusula de caducidad de plazos; y honorarios a favor de la representación letrada de la actora por $1.200.000, más el 10 % adicional y el IVA si correspondiera.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento las particularidades del caso, los términos de la demanda y contestación, y las defensas opuestas, se hace lugar a la homologación solicitada. La conciliación a que se arriba para poner fin así al pleito, constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes según fueran planteadas las pretensiones motivo de la controversia sometida a decisión y el estado actual de la causa, por lo que correspondería la homologación del acuerdo haciendo lugar a lo en él solicitado dándole autoridad de cosa juzgada."
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