GUILLEN CHRISTIAN LUCIANO C/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIAS DE LA PR S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
El actor, retirado con jerarquía de Comisario General, reclamó que se incorpore a sus haberes jubilatorios el adicional por gastos de representación previsto en el artículo 45 inciso e) apartado 7 de la ley 13.982 y el artículo 79 del decreto 1.050/09. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho con retroactividad a la fecha de cese, por tratarse de un suplemento de naturaleza remunerativa por su percepción habitual y regular, y en aplicación del principio de proporcionalidad que rige la movilidad jubilatoria.
¿Quién es el actor?
Christian Luciano Guillen, quien se desempeñó con jerarquía de Comisario General (CDO) y fue pasado a retiro activo obligatorio el 14-8-2024.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
incorporación a los haberes jubilatorios del adicional "gastos de representación" (art. 45 inc. e, ap. 7, ley 13.982; art. 79 DR 1.050/09), con pago de diferencias desde el 14-8-2024, incidencia en el SAC, cancelación de aportes previsionales no efectuados, actualización a valores actuales e intereses.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la pretensión y se condenó a la demandada a reconocer el derecho del actor a percibir el adicional en sus haberes jubilatorios, con retroactividad a la fecha de cese, abonando las diferencias, la incidencia en el SAC y los intereses (6% anual hasta la determinación del valor actual, y luego la tasa pasiva más alta del Banco Provincia). Costas a la demandada vencida y diferimiento de la regulación de honorarios hasta aprobación de la liquidación. Se declaró prematuro el planteo de inaplicabilidad del art. 54 incs. a) y b) de la ley 14.967, diferido para su oportunidad procesal, y se rechazó la inaplicabilidad del art. 15 inc. d) y 24 de dicha ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del análisis de la documental, surge que el actor detentaba el cargo de Comisario General (CDO) y percibía el suplemento Gastos de Representación -código 0193- desde enero de 2.021, es decir, por más de 3 años en actividad previos al cese."
"Bajo la denominación 'gastos de representación', se abona en forma periódica, con habitualidad y regularidad y no se otorga exclusivamente en función de la conducta individual del agente, sumado a que no está sujeto a rendición alguna."
"Atendiendo a las notas de regularidad y habitualidad de su percepción, lo que los transforma en remunerativos, permiten considerarlos (...) como integrantes de la base de cálculo."
"La falta de aportes sobre el suplemento en cuestión no puede ser imputable al agente retirado, sino que trasunta más bien una defectuosa técnica legislativa del decreto de su creación al exceptuar de aportes a un suplemento que detentaba referidas calidades." (cita de SCBA B. 60.715, "Nocetti")
El derecho a una prestación jubilatoria móvil queda ligado a las variaciones que experimente la retribución del propio cargo, debiendo el beneficiario conservar una situación patrimonial equivalente a la que le correspondería de haber seguido prestando servicios.
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 13.982 de Buenos AiresPersonal de las policías de la provincia de buenos aires, en todos sus subescalafones…
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