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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ COSCIA CARLOTA ELINA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió una ejecución fiscal de apremio contra Carlota Elina Coscia por deuda tributaria. Ante la falta de excepciones dentro del plazo legal, el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución por la suma de $869.891,80, con más intereses desde la interposición de la demanda.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - QUILMES
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
55378
Ejecucion fiscal Apremio provincial Excepciones Plazo vencido Llevar adelante la ejecucion Intereses fiscales Codigo fiscal Ley 13.406 Costas Honorarios.

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Carlota Elina Coscia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de una suma de dinero en concepto de capital reclamado en un proceso de apremio provincial.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró perdido el derecho de la demandada a oponer excepciones, por no haberlas deducido dentro del plazo legal (arts. 116 y 165 del CPCC), y mandó llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta el íntegro pago de $869.891,80 (PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100), con más intereses conforme la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y sus modificatorias, desde la interposición de la demanda (arts. 86, 96 y 104 del Código Fiscal - T.O. 2011) hasta su efectivo pago. Impuso costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68 del CPCC) y postergó la regulación de honorarios para la oportunidad del art. 51 de la ley 14.967 y el art. 22 de la ley 13.406 (modif. 15.016).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE 880 - NRO. 4375 - CP. 1881 - LOC. QUILMES - SOLANO, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)."

"Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra CARLOTA ELINA COSCIA, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 80/100 ($869.891,80), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable..."

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