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Primera Instancia

PAPPALARDO HORACIO ANTONIO C/ FCA S.A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES

El actor promovió demanda por cumplimiento de contrato y daños y perjuicios derivados de un plan de ahorro previo para la adquisición de un automotor, reclamando la restitución de las cuotas abonadas. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a la administradora a restituir el haber neto con más intereses y a abonar una indemnización por daño moral, y desestimó la multa civil por entender que no existía relación de consumo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº14 - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
26540
Plan de ahorro previo Cumplimiento de contrato Restitucion de haber neto Relacion de consumo (exclusion) Destinatario final Cargas probatorias dinamicas Resolucion por falta de pago Dano moral Contrato de adhesion Intereses moratorios.

¿Quién es el actor?

Horacio Antonio Pappalardo, cesionario de la Solicitud de Adhesión N° 2240201 suscripta originariamente por Cristian Mariano Ledesma, integrante del Grupo N° 11921, Orden 4, Plan de 84 cuotas para la adquisición de un vehículo marca Fiat.

¿A quién se demanda?

FCA S.A. de Ahorro para fines determinados.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cumplimiento de contrato (restitución de las cuotas abonadas, actualizadas, con intereses), indemnización por daño moral por $1.200.000 y gastos por $50.000, y multa civil del art. 52 bis de la Ley 24.240.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la demanda de cumplimiento de contrato, condenando a la demandada a abonar la suma de $28.401.554,86 con más intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde el 10/10/2021; se hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios por daño moral, fijado en $5.000.000 con intereses al 6% anual puro y luego tasa activa de descubierto; se desestimaron los gastos (por tratarse de erogaciones que quedan comprendidas en la condena en costas) y la multa civil; se impusieron las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atendiendo a los hechos descriptos en las presentaciones postulatorias, la naturaleza del negocio celebrado y lo que surge de la prueba producida en autos, he de concluir que, contrariamente a lo pretendido por la parte accionante, no resulta de aplicación al caso las disposiciones vigentes en materia de protección y defensa del consumidor". Se concluyó que la adquisición del vehículo tenía como destino su actividad lucrativa de taxista, por lo que no existía relación de consumo.

"[N]o se ha acreditado en la causa la oportuna renuncia al plan de ahorro por parte del actor." Se tuvo por resuelto el vínculo en fecha 16/09/2020 por falta de pago de las cuotas N° 67 y siguientes, al no haber la administradora acreditado otra forma de resolución fehaciente.

"[N]o habiendo acreditado la demandada haber dado cumplimiento a su obligación de devolver el haber neto correspondiente al actor [...] corresponde hacer lugar a la pretensión cumplimiento de contrato". Se aplicó la teoría de las cargas probatorias dinámicas, en tanto la administradora se encontraba en mejor posición para aportar la documentación respaldatoria.

Respecto del daño moral: "Queda pues, a mi criterio, plenamente acreditada la configuración de un daño moral que merece ser resarcido", fundado en el dictamen pericial psicológico que constató estrés post traumático con nexo causal con el incumplimiento.

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