O. C. M. c/ C. A. E. SA LINEA XXX s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por incapacidad física transitoria.
Daños y perjuicios por lesiones sufridas en un accidente de tránsito mientras viajaba en un colectivo de la demandada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, incrementando el monto indemnizatorio por incapacidad física transitoria en $500. Confirmó lo demás decidido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El derecho a la salud y a la integridad física tienen protección constitucional y convencional, por lo que la incapacidad transitoria debe ser resarcida.
- Si bien los peritajes no son prueba legal, deben ser aceptados salvo error manifiesto, y aquí no se observan razones para descartarlos.
- El daño moral se configura por la sola producción del evento dañoso, debiendo compensarse los padecimientos y afectación a la personalidad, más allá del daño material.
- Se consideraron las condiciones personales de la actora (31 años, casada, 3 hijos, ama de casa y empleada) para fijar el quantum indemnizatorio.
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