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A. E. H. R. Y OTRO c/ FUNDACION ACUARIO s/ESCRITURACION

Los actores promovieron demanda por escrituración contra la Fundación Acuario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a la fundación a escriturar los lotes, como también a pagar una indemnización por daño moral.

Dano moral Incumplimiento contractual Escrituracion Obligacion de hacer Responsabilidad contractual Barrio privado

Escrituración de los lotes 8, 9, 10 y 18 del Desarrollo Urbanístico Barrio Privado "S. d. A." y daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?


- Se hizo lugar a la demanda respecto de los lotes 8, 9 y 10, condenando a la fundación a escriturarlos.
- Se rechazó la demanda respecto del lote 18.
- Se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, haciéndose lugar al rubro "daño moral" por $150.000 más intereses.
- Se confirmó en todo lo demás.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La obligación de escriturar es de hacer, que pesa recíprocamente sobre las partes, quienes deben cooperar para su cumplimiento. La demora de la fundación en obtener las autorizaciones municipales le es imputable.
- Respecto del lote 18, los instrumentos de "reserva de lote" tienen un alcance distinto al boleto de compraventa, por lo que no procede el reclamo de escrituración.
- Corresponde indemnizar el daño moral sufrido por los actores por las dificultades y la incertidumbre generada por el incumplimiento de la fundación.

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