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Corte Suprema

FORESTAL BOSQUES DEL PLATA S.A. c/ CORRIENTES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA

La actora Forestal Bosques del Plata S.A. promovió acción declarativa de certeza contra la Provincia de Corrientes por el cobro de diferencias de impuesto sobre los ingresos brutos en función del lugar de radicación de su establecimiento productivo. La Corte Suprema hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 5° inciso a y 6° incisos a y b de la ley 6249 y dejó sin efecto la pretensión fiscal reclamada por discriminar según la radicación productiva y obstaculizar el comercio interprovincial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 2383/2017
Accion declarativa de certeza Impuesto sobre los ingresos brutos Convenio multilateral Discriminacion por radicacion Aduana interior Comercio interprovincial Igualdad Libre circulacion Provincia de corrientes Ley 6249.

¿Quién es el actor?

Forestal Bosques del Plata S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia de Corrientes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción declarativa de certeza (art. 322 CPCCN) para que se declare la inconstitucionalidad del art. 6° incisos a y b de la ley local 6249 y la ilegitimidad del ajuste del impuesto sobre los ingresos brutos de los períodos 2014 a 2017 contenido en la Nota 1066/2017 DF-DGR, por un reclamo de $ 2.065.473,46 fundado en que la empresa tiene un establecimiento en Misiones.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, se declaró la inconstitucionalidad del requisito de desarrollar la actividad en establecimiento productivo ubicado en la provincia (art. 5° inc. a y art. 6° incs. a y b de la ley 6249) y se declaró la invalidez de la pretensión fiscal contenida en la Nota de ajuste 1066/2017, exclusivamente en lo que atañe a la cuestión debatida. Costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la aplicación de la ley impositiva que se cuestiona, en el caso concreto, al gravar la actividad ya referida de la actora con alícuotas más gravosas, obstaculizaba el desenvolvimiento del comercio entre las provincias."

"...en el presente proceso queda en evidencia la discriminación generada por la legislación provincial en función del lugar de radicación del establecimiento productivo del contribuyente, en tanto se lesionaba el principio de igualdad (Constitución Nacional, artículo 16), y se alteraba la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, artículo 75, inciso 13, y 126), instaurando así una suerte de 'aduana interior' vedada por la Constitución Nacional (artículos 9° a 12), para perjudicar a los productos foráneos en beneficio de los manufacturados en su territorio..."

"...la controversia es actual y concreta (Fallos: 310:606 y 311:421)." La Corte desestimó el planteo de allanamiento de la demandada, por no guardar relación con el objeto procesal de la causa.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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