Recurso Queja Nº 1 - BENITEZ, EDUARDO (FALLECIO) Y OTRO c/ EXPRESO VILLA NUEVA Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La Corte Suprema declaró admisible la queja y procedente parcialmente el recurso extraordinario interpuesto por Galeno ART S.A. en un accidente de tránsito con fallecimiento, dejando sin efecto la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. El tribunal remitió a los fundamentos de la causa Oliva respecto de la aplicación del acta 2764/2022 y declaró inadmisible el resto de los agravios por aplicación del art. 280 del CPCCN.
¿Quién es el actor?
Eduardo Benítez (falleció) y otro.
¿A quién se demanda?
Expreso Villa Nueva y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por accidente - acción civil.
¿Qué se resolvió?
se declaró admisible la queja, procedente parcialmente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Costas por su orden. Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."
"Que con relación al resto de los agravios el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que '…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…' (conf. causa 'Vidal', Fallos: 344:3156)."
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Acordada 2764/2022
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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